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Actualizan tasas del Registro Único del Exportador que beneficiaría la exportación de mipymes


A través de la Resolución 1296/2022 por la cual se actualizan las tasas de los servicios prestados en el Registro Único de Documentaciones del Exportador (RUE), fue firmada por el titular del Ministro de Industria y Comercio (MIC), Luis Alberto Castiglioni, dando cumplimiento a lo previsto en el inciso 4 del artículo 14 de la Ley N° 4447/2012, relacionado a las funciones del Viceministro de Mipymes, en cuanto al apoyo y fortalecimiento de estrategias y mecanismos para promover la exportación de lo que produzcan las micro, pequeñas y medianas empresas.

Esta actualización se da en poco más de 16 años del inicio de la aplicación del Sistema Simplificado de Exportación, denominado «Ventanilla Única del Exportador » (VUE), y permitirá a las microempresas (MIE) registrar y actualizar sus registros, con una exoneración total de las tasas; en tanto que las pequeñas empresas (PE), contarán con un importante descuento con relación a las tasas a ser aplicadas a las medianas y grandes.

La adecuación de la reglamentación por parte del MIC, se suma a la Resolución 908/2022 de la Dirección Nacional de Aduanas (DNA) mediante la cual, se exonera totalmente el canon informático a través del Sistema Informático SOFIA, a a la Resolución 522/2020 de la Dirección Nacional de Correos del Paraguay (DINACOPA), mediante la cual se concede un descuento del 50% sobre la tarifa vigente del EMS Internacional para mipymes que forman parte del piloto de implementación del Proyecto «Integración Comercial por envíos postales para Mipymes» Exportafácil.

Las reglamentaciones vigentes, a las cuales se sumarán otras actualmente en análisis, forman parte del proceso de implementación del citado proyecto que busca incentivar a las Micro y Pequeñas Empresas (mipes) del país a formalizarse e iniciar su proceso de internacionalización, mediante la facilitación de herramientas que les permitan comercializar sus productos a cualquier lugar del mundo a bajo costo y elevando su competitividad.

Exportafácil

El proyecto de Integración Comercial por envíos Postales para las Mipymes, «Exportafácil», impulsado por la Comisión Interinstitucional Estratégica, Táctica y Operativa, creada por Decreto Presidencial N° 6065/2016, para la Gestión e Implementación en Paraguay de esta iniciativa, busca incentivar la utilización de la infraestructura postal como herramienta de los gobiernos, para lograr la inserción de la mayor cantidad de mipymes de Latinoamérica en el mercado internacional, intra e extrarregional, e impulsar la economía regional a la vez de propiciar la formalización e internacionalización, a través de la exportación simplificada, utilizando la logística postal, mediante un sistema web.

El Proyecto Exportafácil ha sido desarrollado con éxito y se encuentra en funcionamiento en países de la región como Brasil, Colombia, Ecuador, Perú, Uruguay, Argentina, Bolivia, Chile y Venezuela, a los cuales se unió Paraguay en este 2022.

 

Fuente: El Nacional


 

Expedición de certificados de origen para la exportación, de forma impresa


 

El Ministerio de Industria y Comercio (MIC), a través de la Dirección de Operaciones de Comercio Exterior, dependiente del Viceministerio de Comercio y Servicios, pone a conocimiento de la ciudadanía, en especial a los Exportadores, Operadores y Entidades Emisoras de Certificados de Origen, que se encuentra vigente la Resolución Nº659/2022

Por la cual se Autoriza de Manera Excepcional la expedición de los Certificados de Origen para la Exportación de Forma Impresa y se establece el Procedimiento de Contingencia en caso de caída total o parcial del Sistema de Gestión Electrónica de la Ventanilla Única de Exportación (VUE).

El documento, que lleva la firma del ministro Luis Alberto Castiglioni, señala en el Resuelve, en el Artículo 1°. Autorizar a la Dirección de Operaciones de Comercio Exterior, dependiente de la Dirección General de Comercio Exterior, a expedir los Certificados de Origen de forma impresa en casos de caída total o parcial del sistema de gestión electrónica de la Ventanilla Única de Exportación (VUE).

El Artículo 3° dice: Establecer que el solicitante deberá completar el Formulario de Certificado de Origen correspondiente al destino de exportación y presentarlo a la Dirección de Operaciones de Comercio Exterior, acompañado de los siguientes documentos: a) Declaración Jurada del Productor final, conforme a la Resolución N° 1048/2015; b) Una copia de la Factura Comercial de exportación y/o de la factura del tercer operador interviniente; c) Copia del Despacho de Exportación; d) Copia del Conocimiento de Embarque, expedido por la empresa transportadora; y e) Copia del comprobante de pago (tickets) de la tasa conforme a la Resolución N° 73/2002 y 141/2013.

Asimismo, el documento indica, en su Artículo 6°. Establecer que el solicitante abone la tasa en concepto de visación y emisión del Certificado de Origen, conforme a lo establecido en la Resolución N° 141/2013, en la Cuenta Corriente N° 925508/2 del Banco Nacional de Fomento.

Finalmente, el Artículo 7° sostiene: Archivar una copia del Certificado de Origen, de la Factura Comercial y de la Declaración Jurada del Exportador y/o Productor Final, por el término de tres (3) años en la Dirección de Operaciones de Comercio Exterior.

Más información acerca de la Resolución Nº 659/2022, en el siguiente enlace:

https://www.mic.gov.py/mic/w/mic/pdf/659.2022_Autoriza%20emitir%20Certificacion%20de%20Origen%20-%20Contingencia.pdf

 

Fuente: Ministerio de Industria y Comercio